El Tribunal Supremo ha eliminado la exclusividad de los Ingenieros / Ingenieros Técnicos de Telecomunicación para firmar Proyectos de infraestructuras comunes de telecomunicaciones. Las sentencias, anulan el artículo 3.1 del Real Decreto-Ley 1/1998, en la redacción que introdujo la Ley 10/2005, de 14 de junio, que atribuía la competencia exclusiva en esta materia a los Ingenieros y a los Ingenieros Técnicos de Telecomunicación y también declara la nulidad de todos los preceptos del nuevo Reglamento de 2011 que establecían la competencia exclusiva de dichos Ingenieros o Ingenieros Técnicos. De ese modo, queda abierto el campo para que los Ingenieros Técnicos Industriales puedan realizar proyectos de infraestructuras comunes de telecomunicaciones en edificios, siempre y cuando puedan acreditar conocimientos en la materia. Sentencias