La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido una nota de prensa, que entre otros aspectos, menciona detalladamente sus actuaciones y logros en lo referente a los Técnicos Competentes que pueden realizar los Informes de Evaluación de Edificios. Es de resaltar la sentencia que permite que los Ingenieros e Ingenieros Técnicos podamos emitir IEEs, e impide la exclusividad de los Arquitectos y Arquitectos Técnicos en la emisión de los mismos. Es la primera sentencia relativa a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado (LGUM) y de reserva de actividad, y aplicable en toda España, y por ello es una sentencia importantísima. Igualmente, la nota, menciona la existencia de más procedimientos abiertos al respecto de la Unidad de Mercado, y sobre la exclusividad de intervención de algunos profesionales, en detrimento de otros. Además, en la nota de prensa, se menciona que interpondrán recurso contencioso-administrativo contra el decreto de la Conselleria d’Habitatge, Obres Públiques i Vertebració del Territori de la Comunitat Valenciana mediante el que solo arquitectos y arquitectos técnicos pueden redactar los informes de evaluación de edificios (IEEs) Se trata de una buena noticia, ya que la CNMC, además de emitir informes favorables a las tesis que siempre hemos defendido desde nuestras organizaciones en relación a los Informes de Evaluación de Edificios, ha empezado a realizar actuaciones judiciales para eliminar las barreras incomprensibles que aún persisten relativas a la exclusividad de Arquitectos y Arquitectos Técnicos www.cnmc.es/2018-10-04-la-cnmc-lleva-cabo-seis-actuaciones-relativas-la-ley-de-la-garantia-de-la-unidad-de"