Para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, la colegiación es obligatoria y por ello según la Ley y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las cuotas satisfechas al colegio son fiscalmente deducibles en la declaración de la renta. En el siguiente vídeo, se explica cómo incluirla en la declaración