El artículo 34 de la
Ley 3/2022, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2023, establece que los tipos de cuantía fija de las tasas no se verán incrementados respecto a las cantidades exigibles en el año 2022.
La norma también dispone que las tasas que, conforme a su normativa específica, sean gestionadas mediante liquidación administrativa, se exigirán por un importe mínimo de tres euros, por lo que el órgano administrativo competente calculará la deuda tributaria y, en el caso de que la deuda sea inferior al importe anterior, girará una liquidación por importe de tres euros.
Las tasas que no sean gestionadas mediante liquidación administrativa se exigirán por el importe que resulte de la aplicación de su normativa reguladora, tanto en el caso en que se autoliquiden directamente por el sujeto pasivo como en el caso en que un funcionario público asista al contribuyente en la presentación de la autoliquidación. Finalmente, la norma ordena que la consejería competente en materia de hacienda publique en el Boletín Oficial de Castilla y León las tarifas vigentes de las tasas de la Comunidad Autónoma a partir de la entrada en vigor de la propia ley.